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03/08/2023

Cuándo se debe presentar concurso de acreedores y qué consecuencias tiene

Antes de presentar el concurso de acreedores, es importante que la empresa tenga en cuenta varios factores para tomar una decisión informada y maximizar sus posibilidades de superar dicha situación.   Entre estos factores señalamos: Análisis de la situación financiera: La empresa debe realizar un análisis exhaustivo de su situación financiera para determinar si realmente se […]

Antes de presentar el concurso de acreedores, es importante que la empresa tenga en cuenta varios factores para tomar una decisión informada y maximizar sus posibilidades de superar dicha situación.  

Entre estos factores señalamos:

  • Análisis de la situación financiera: La empresa debe realizar un análisis exhaustivo de su situación financiera para determinar si realmente se encuentra en una situación de insolvencia y si la presentación del concurso de acreedores es la mejor opción. Para ello, debe considerar sus activos, pasivos, ingresos y gastos, así como la capacidad de generación de ingresos en el futuro.
  • Plan de viabilidad: Es recomendable que la empresa prepare un plan de viabilidad para demostrar que, a pesar de la situación actual de insolvencia, tiene un futuro viable y sostenible. Este plan debe incluir medidas concretas para reestructurar la empresa y reducir los gastos, así como para aumentar los ingresos y mejorar la rentabilidad.
  • Evaluación de alternativas: Antes de presentar el concurso de acreedores, la empresa debe evaluar todas las alternativas posibles para solucionar su situación financiera, como la negociación con los acreedores, la reestructuración de la deuda, la venta de activos, la obtención de financiación adicional, entre otras opciones.
  • Asesoramiento legal: La presentación del concurso de acreedores es un proceso complejo que requiere asesoramiento legal especializado. Es recomendable que la empresa cuente con el apoyo de un abogado especialista en derecho concursal para guiarla en el proceso y maximizar sus posibilidades de éxito.

En resumen, antes de presentar el concurso de acreedores, la empresa debe realizar un análisis detallado de su situación financiera y considerar todas las alternativas posibles. Además, es fundamental contar con asesoramiento legal especializado para asegurarse de tomar la decisión adecuada y llevar a cabo el proceso con éxito. 

Centrándonos ahora en el momento en el que la empresa debe presentar concurso de acreedores, es cuando se encuentre en una situación de insolvencia, es decir, cuando sea incapaz de hacer frente a sus obligaciones de pago, ya sea porque no cuenta con suficientes activos líquidos o porque sus deudas son superiores a sus ingresos.

El objetivo del concurso de acreedores es permitir que la empresa se reestructure y se recupere de su situación de insolvencia, mediante la negociación con sus acreedores y la búsqueda de soluciones para pagar sus deudas. Además, el concurso de acreedores puede proteger a la empresa de posibles demandas y embargos de sus acreedores.

En algunos países, como España, existe una obligación legal para las empresas de presentar concurso de acreedores cuando se encuentran en situación de insolvencia. En otros países, como Estados Unidos, el proceso es más flexible y la empresa puede decidir libremente si presenta o no el concurso de acreedores. En cualquier caso, es importante que la empresa actúe con prudencia y tome la decisión adecuada en el momento oportuno para proteger sus intereses y los de sus acreedores

En España, la normativa actual que regula el proceso de presentación del concurso de acreedores se ha modificado recientemente y se encuentra recogida en la Ley 16/2022 de 25 de septiembre. 

Según esta ley, la presentación del concurso de acreedores se debe realizar cuando la empresa se encuentre en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, cuando no pueda hacer frente a sus obligaciones de pago de forma regular o prevea que va a suceder en breve. El objetivo del concurso es permitir la reorganización de la empresa, la liquidación ordenada de sus activos y pasivos, o la exoneración del pasivo insatisfecho.

Para presentar el concurso de acreedores en España, la empresa debe seguir el procedimiento establecido en la Ley Concursal. El proceso se inicia con la solicitud del concurso ante el juzgado competente, acompañada de una serie de documentos, como el balance y la cuenta de resultados del último ejercicio, la lista de acreedores, el inventario de bienes y derechos, entre otros.

Una vez presentada la solicitud, se abre un período de negociación con los acreedores y se designa un administrador concursal que supervisa el proceso y trabaja con la empresa para alcanzar una solución satisfactoria. En caso de no llegar a un acuerdo, se procede a la liquidación de la empresa.

Es importante destacar que la presentación del concurso de acreedores en España tiene consecuencias importantes para la empresa, como la suspensión de los pagos corrientes, la imposibilidad de realizar operaciones sin autorización judicial, y la posible disolución de la sociedad. Por esta razón, es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho concursal para llevar a cabo el proceso con éxito.

El concurso de acreedores puede clasificarse como voluntario o necesario, según quien lo solicite:

Concurso voluntario: Cuando la primera petición de concurso haya sido presentada por el propio deudor, el cual deberá presentarlo dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiera conocido su estado de insolvencia. En caso de no hacerlo podrán derivarse responsabilidades al administrador, lo cual puede traducirse en calificación culpable, condenando al mismo a cubrir el déficit de la deuda empresarial.

Concurso necesario: Cuando la petición de concurso haya sido presentada por cualquiera de los acreedores. También se considera concurso necesario en el caso de que, en un plazo de 3 meses contados desde la presentación de la misma, se hubiera admitido o presentado otra de cualquier legitimado, así este no haya ratificado la solicitud o comparecido en la vista.

Tal y como indica el articulo 29 de la Ley Concursal:

 “El concurso de acreedores tendrá la consideración de voluntario cuando la primera de las solicitudes presentadas hubiera sido la del propio deudor. En los demás casos, el concurso se considerará necesario.”

Es importante distinguir si el concurso es voluntario o necesario, ya que este aspecto influye en las competencias del empresario durante el proceso. Si el concurso es voluntario el empresario podría seguir teniendo competencias y conservar la administración del mismo. Sin embargo, en el concurso necesario, es el administrador concursal el que adquiere la mayor parte de las facultades administrativas del patrimonio y la empresa.

Será competente para decidir sobre la presentación de la solicitud de concurso el órgano de administración o de liquidación de la empresa. Es decir, el administrador único, los administradores mancomunados, cualquiera de los administradores solidarios, el consejo de administración, el liquidador, etc. También podrán solicitar la declaración de concurso de su empresa, los socios que sean personalmente responsables de las deudas de la empresa.

Tal y como menciona el artículo 2.4 de la Ley Concursal:

“La solicitud de declaración de concurso presentada por cualquier acreedor deberá fundarse en alguno de los siguientes hechos externos reveladores del estado de insolvencia:

1.º La existencia de una previa declaración judicial o administrativa de insolvencia del deudor, siempre que sea firme.

2.º La existencia de un título por el cual se haya despachado mandamiento de ejecución o apremio sin que del embargo hubieran resultado bienes libres conocidos bastantes para el pago.

3.º La existencia de embargos por ejecuciones en curso que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.

4.º El sobreseimiento generalizado en el pago corriente de las obligaciones del deudor.

5.º El sobreseimiento generalizado en el pago de las obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso; el de las cuotas de la seguridad social y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período, o el de los salarios e indemnizaciones a los trabajadores y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo correspondientes a las tres últimas mensualidades.

6.º El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.”

La solicitud debe ir acompañada de una serie de documentos específicos que acrediten por un lado la situación de insolvencia y que permitan valorar al Juez del Concurso la dimensión real del deudor, de sus masas activas y pasivas, permitiéndole al mismo diseñar de manera conveniente la tramitación del concurso en el auto de declaración de la insolvencia. Entre estos documentos se encuentra:

  • Una memoria expresiva de la historia económica y jurídica de la empresa.
  • Un inventario de los bienes y derechos que integren su patrimonio.
  • La plantilla de trabajadores, en su caso, y la identidad de los integrantes del órgano de representación de los mismos, en su caso.
  • La relación de acreedores.
  • Si el deudor estuviera legalmente obligado a llevar la contabilidad, tal y como indica el artículo 8 de la Ley Concursal, deberá aportar:
  • “Las cuentas anuales y, en su caso, los informes de gestión y los informes de auditoría correspondientes a los tres últimos ejercicios finalizados a la fecha de la solicitud, estén o no aprobadas dichas cuentas. 
  • Una memoria de los cambios significativos operados en el patrimonio con posterioridad a las últimas cuentas anuales formuladas, aprobadas y depositadas. 
  • Una memoria de las operaciones realizadas con posterioridad a las últimas cuentas anuales formuladas, aprobadas y depositadas que, por su objeto, naturaleza o cuantía hubieran excedido del giro o tráfico ordinario del deudor.”

No obstante, si se trata de un concurso necesario, la documentación exigida no se presenta de manera previa a la declaración del concurso, sino que, a diferencia del concurso voluntario, se realizará un requerimiento al deudor para que presente los documentos en un plazo de diez días desde la notificación de la declaración de concurso.

En caso de que el Juez dicte auto de declaración de concurso, indicará en el mismo si el concurso es voluntario o necesario, las reglas que regularán la tramitación del concurso, y como quedan afectadas las facultades de administración, la disposición de la empresa, la publicidad que se le va a dar a la declaración de concurso.

Una vez se declare el concurso, no podrán iniciarse apremios administrativos, ejecuciones ni actuaciones y procedimientos de ejecución contra los bienes o derechos de la masa activa y, aquellos que estén en tramitación, quedarán suspendidos desde la fecha en la que se declara el concurso.

La declaración del concurso no interrumpirá la continuación de la actividad que se viniera ejerciendo, excepto si la resolución judicial declara la conclusión del concurso por liquidación o por insuficiencia de la masa activa, en cuyo caso se acordará la extinción de la sociedad.

Esperamos que hayas descubierto alguna clave que te ayude.

 

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