Incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Para el apoyo a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas
Información de la ayuda
Finalidad
Subvenciones para inversiones destinadas a la transformación y comercialización de los productos agrícolas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas en la
submedida 4.2.1. del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, cofinanciado por el FEADER (80%), con la finalidad de promover la inversión productiva y la mejora de la competitividad.
El resto será cofinanciado por la Junta de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Se considerarán proyectos promocionables:
a) Creación de nuevos centros productivos.
b) Ampliación/modernización de las agroindustrias existentes. Son aquellos que suponen una ampliación o la diversificación de la producción de un establecimiento existente o que incorporen mejoras sustanciales para sus productos, procesos o servicios, organización o modelo de negocio.
Destinatarios
- Beneficiarios:
- Gran Empresa
- Pyme
Serán beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas agroalimentarias, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables de transformación y comercialización de los productos agrícolas indicados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, exceptuados los productos de la pesca y acuicultura. En cualquier caso, el producto obtenido como consecuencia de la transformación tiene que ser también producto del anexo I del mencionado tratado.
- Sectores: Agroalimentario, Industria
Alcance ayuda
Serán subvencionables aquellos proyectos que:
a) No estén iniciados conforme a lo previsto en el artículo 9 de estas bases reguladoras.
b) Presenten una inversión mínima auxiliable, será de 25.000 euros y la inversión máxima auxiliable será de 20.000.000 euros, una vez efectuadas las deducciones correspondientes.
c) Alcancen una puntuación mínima de 8 puntos y obtengan puntuación en al menos 2 criterios de selección diferentes.
d) Se consideren económica y financieramente viables de acuerdo con la información aportada al expediente.
Se consideran subvencionables los elementos nuevos, de primera adquisición o ejecución, y en todo caso, de primer uso.
Serán subvencionables, las siguientes inversiones ligadas al proceso productivo:
a) Depósitos.
b) Maquinaria de proceso del producto.
c) Elementos de transporte interior.
d) Equipos de medida y control.
e) Paneles frigoríficos.
f) Aplicaciones y equipos informáticos relacionados con la inversión.
Las inversiones recogidas en el anexo III de las bases reguladoras serán subvencionables, como máximo, hasta los importes que se establecen en ese anexo.
El porcentaje de ayuda se calculará en función del tipo de empresa: apartado i) del artículo 2 y, el importe de la inversión que resulte auxiliable. Ver artículo 10 del Decreto 87/2024: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1610o/24040137.pdf
A las inversiones relacionadas con la fusión de organizaciones (agrupación y organización de empresas productoras según Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01) y según el reglamento de exención Reglamento (UE) 702/2014 y en las que el producto final sea un producto incluido en el anexo I del TFUE, se les concederá un incremento del 20% de la ayuda.
A las inversiones relacionadas con la Asociación Europea de la Innovación (AEI) se les concederá un incremento del 20% de la ayuda.
Para inversiones contempladas en proyectos de economía circular, de acuerdo con la Estrategia de Economía Verde Ciudadana Extremadura 2030, el porcentaje de ayuda se incrementará en un 10%.
El porcentaje de ayuda se incrementará en un 5% para inversiones contempladas en un plan de reestructuración que se realicen por las entidades resultantes de procesos de reestructuración e integración cooperativos y entidades asociativas agroalimentarias prioritarias de Extremadura, de acuerdo con el Plan de Actuaciones para la reestructuración de Cooperativas Agroalimentarias de Extremadura.
Se incrementará el porcentaje de ayuda en un 5% para inversiones realizadas por sociedades participadas mayoritariamente por empresas de transformación de productos agrarios al objeto de unificar procesos de producción que mejoren la eficacia, el manejo de los recursos energéticos, la gestión de residuos y subproductos o aquéllas cuyo objetivo sea obtener la homologación de las industrias para la exportación a los destinos internacionales que los demanden.
Podrá concederse un incremento adicional de un 5% para inversiones prioritarias que tengan un impacto significativo positivo en el valor añadido de la producción primaria regional por motivos de eficiencia logística.
Normativa y solicitud
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación simultánea del decreto de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Dirección General de Política Agraria Comunitaria
Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio Avda. Luis Ramallo, s/n. Mérida. Teléfono :924002159 dgpac.marpat@juntaex.es
http://www.juntaex.es/con03/direccion-general-de-politica-agraria-comunitaria
Decreto 87/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el apoyo a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba su única convocatoria.
Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 87/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el apoyo a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba su única convocatoria.