Esta ayuda financia inversiones valoradas entre 1.000 y 25.000 euros para autónomos y micropymes de hasta 3 trabajadores.

Estas ayudas están dirigidas a empresas de cualquier forma jurídica, incluido autónomos, con una plantilla media que no sea superior a 3 trabajadores y que tenga centro productivo en Extremadura. Se incluyen las comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica.

A través de estas ayudas podrás realizar inversiones para:

  • Adquirir bienes de equipo, maquinaria y herramientas dirigidas a la producción y transformación del producto manufacturado; equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos; inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos; equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.
  • Asumir gastos de transporte, instalación, montaje y formación en el uso relativos a las inversiones proyectadas.

Es importante que sepas que a través de esta ayuda no puedes financiar:

  • Equipos informáticos,
  • Reposición o sustitución de equipos y maquinaria;
  • Maquinaria y equipamiento de segundo uso;
  • Maquinaria de cuantía inferior a 1.000 euros;
  • Gastos en los que haya vinculación entre la empresa que solicita la ayuda y la empresa proveedora.

La subvención es a fondo perdido de hasta el 50% de la inversión subvencionable, mediante concesión directa. La cuantía de inversión proyectada debe ser como mínimo de 1.000 euros y como máximo de 25.000 euros (IVA excluido).

En esta webinar que celebramos el pasado mes de mayo, te explicamos en qué consisten estas ayudas.

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Próximamente: Ayudas de hasta 2.500 euros por trabajador para que pymes y autónomos apoyen la conciliación

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a personas trabajadoras autónomas y pymes, dirigidas a la conciliación de la vida laboral y familiar, y se aprueba la primera convocatoria por importe de un millón de euros con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma.

La finalidad de estas subvenciones es promover una mejor conciliación familiar, personal y laboral de las personas trabajadoras en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa.

El decreto recoge dos líneas de ayudas, de las cuales, la primera subvencionará la formalización de acuerdo de teletrabajo (por un período de tiempo no inferior a un año) con una o varias personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato laboral, así como contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo.

Estas ayudas consistirán en una subvención de 2.500 euros por trabajador o trabajadora con un acuerdo, individual o colectivo, de teletrabajo con el límite máximo de 10.000 euros por empresa y convocatoria.

Por otra parte, la línea 2 está dirigida a la formalización de acuerdos de flexibilidad horaria por un período no inferior a un año, con un trabajador o trabajadora vinculada a la empresa por contrato laboral y/o acuerdos colectivos, firmados con más de un trabajador/a o, mediante acuerdo entre la empresa y los representantes del personal o, en su defecto, con la totalidad o parte de la plantilla.

En este caso, consistirán en una subvención de 2.500 euros por trabajador o trabajadora con un acuerdo, individual o colectivo, de flexibilidad horaria con el límite máximo de 10.000 euros por empresa y convocatoria.

Tanto para la línea 1 como para la línea 2, el límite máximo se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea por lo menos igual a la masculina.

Estas ayudas, que se otorgarán por concesión directa mediante convocatoria abierta, se podrán solicitar a partir de su publicación en el DOE y hasta el 31 de octubre de 2025.