Estas ayudas, que establecen cuantías de entre 5.000 y 9.000 euros por persona, se articulan en cuatro programas:
- Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
- Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
- Programa III: Ayudas por el mantenimiento y modernización de la actividad de autoempleo, a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 29/2021, de 21 de abril, o en el presente decreto de
bases reguladoras. - Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
La convocatoria permanecerá abierta hasta el 14 de febrero de 2024.