Incentivos a la contrataciĆ³n de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

ContrataciĆ³n de personas con discapacidad

InformaciĆ³n de la ayuda

  • Estado: Cerrada
  • Apertura: 19/01/2023
  • Cierre: 18/01/2024
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    Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvenciĆ³n podemos ayudarte.

    Finalidad

    Favorecer la contrataciĆ³n de personasĀ con especiales dificultades de inserciĆ³n,Ā con discapacidad, en el mercado ordinario de trabajo reguladas por el Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, por el que se regulan los incentivos destinados a favorecer la contrataciĆ³n de personas con discapacidadĀ en el mercado ordinario (DOE nĆŗm. 233, de 5 de diciembre), a travĆ©s de los siguientes programas:

    Programa I: Subvenciones para la contrataciĆ³n indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporaciĆ³n de las mismas como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

    Programa III: Subvenciones destinadas a la transformaciĆ³n de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad.
    Programa IV: Subvenciones para la contrataciĆ³n temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias.

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • AutĆ³nomo/a
    • Cooperativa
    • Gran Empresa
    • Pyme

    PodrĆ”n ser beneficiarias de estas subvenciones, los/las profesionales colegiados/as y empresas, asociaciones o entidades sin Ć”nimo de lucro, que, en su condiciĆ³n de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, realicen contrataciones de personas con discapacidad.

    Asimismo podrƔn ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones de personas con discapacidad.
    • Sectores:
    • Acuicultura, Agroalimentario, ArtesanĆ­a, Comercio, ConstrucciĆ³n, Cultura y ComunicaciĆ³n, EnergĆ©tico, EnseƱanza, Industria, Sector primario, Servicios, Turismo, Otros

    Alcance ayuda

    La cuantĆ­aĀ de las subvenciones serĆ” la siguiente, segĆŗn el programa:

    a) Programa I:Ā Subvenciones para la contrataciĆ³n indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporaciĆ³n de las mismas como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.
    La cuantĆ­a de la subvenciĆ³n por contrataciĆ³n indefinida a tiempo completo serĆ”:

    ā€” 8.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserciĆ³n laboral descritas en el artĆ­culo 7.2 del Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
    ā€” 7.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el pĆ”rrafo anterior.

    b)Ā Programa III:Ā Subvenciones destinadas a la transformaciĆ³n de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad. La cuantĆ­a de la subvenciĆ³n por cada transformaciĆ³n de contratos temporales en indefinidos realizada a jornada completa serĆ”:

    ā€” 5.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserciĆ³n laboral descritas en el artĆ­culo 7.2 del Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
    ā€” 4.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el pĆ”rrafo anterior.

    c) Programa IV:Ā Subvenciones para la contrataciĆ³n temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias. La cuantĆ­a de la subvenciĆ³n, por contrataciĆ³n temporal de al menos doce meses de duraciĆ³n a tiempo completo, serĆ”:

    ā€” 2.500 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserciĆ³n laboral descritas en el artĆ­culo 7.2 del Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
    ā€” 2.000 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el pĆ”rrafo anterior.

    En el supuesto que la jornada sea a tiempo parcial, las cuantƭas establecidas en los programas serƔn minoradas proporcionalmente a dicha jornada.

    Las cuantĆ­as establecidas en los Programas I, III y IV se incrementarĆ”n en un importe de 1.000 euros cuando el puesto de trabajo subvencionado se cree o transforme en localidades de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las Ćŗltimas cifras oficiales de poblaciĆ³n resultantes de la Ćŗltima revisiĆ³n del padrĆ³n municipal, difundidas por el Instituto Nacional de EstadĆ­stica, a fecha de publicaciĆ³n de la convocatoria.

    Se establece, ademĆ”s, una cuantĆ­a adicional para estos Programas (I, III y IV),Ā independientemente de las caracterĆ­sticas de cada contrataciĆ³n, que consistirĆ” en incrementar en 1.000 euros el mĆ”ximo de las cuantĆ­as que puedan ser concedidas en cada programa cuando se trate de empresas en las que, a fecha de presentaciĆ³n de solicitud, concurra la ClĆ”usula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de GĆ©nero, pese a no concurrir la obligaciĆ³n legal establecida en el artĆ­culo 45 de la Ley OrgĆ”nica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Las empresas que soliciten la ClĆ”usula de Responsabilidad Social deberĆ”n estar calificadas e inscritas en el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura, creado al efecto por el artĆ­culo 10 de la Ley 15/2010, de 9 de diciembre, y regulado en el Decreto 110/2013, de 2 de julio, por el que se crea el Consejo AutonĆ³mico para el fomento de la responsabilidad social de Extremadura, la Oficina de Responsabilidad Social Empresarial y se regula el procedimiento para la calificaciĆ³n e inscripciĆ³n en el Registro de empresa socialmente responsable de Extremadura.
    Las empresas que soliciten el Incremento por el Plan de Igualdad en la empresa deberĆ”n contar con un DiagnĆ³stico de SituaciĆ³n, un Plan de Igualdad definido, implantado y en vigor, una ComisiĆ³n de igualdad o de Seguimiento y EvaluaciĆ³n, y algunas de las medidas contenidas en el Plan ya ejecutadas.
    Esta cuantĆ­a se otorgarĆ” una Ćŗnica vez para cada empresa beneficiaria y no por cada expediente solicitado.

    Normativa y solicitud

    El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentaciĆ³n de solicitudes serĆ” de un aƱo, a contar desde el dĆ­a siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la resoluciĆ³n de convocatoria y el extracto de la misma, tal y como dispone
    el artĆ­culo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad AutĆ³noma de Extremadura, y conforme al plazo mĆ”ximo previsto en el apartado segundo del artĆ­culo 29 de la citada norma.

    Durante el plazo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberĆ”n solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, empezando a computar dicho plazo desde la fecha de inicio de la contrataciĆ³n o desde la fecha de transformaciĆ³n de la contrataciĆ³n temporal con persona con discapacidad, en indefinida.

    Ɠrgano gestor
    Servicio de Fomento del empleo
    TelƩfono: 924 00 45 49. Email: carlos.vacas@extremaduratrabaja.net