Incentivos a la contrataciĆ³n de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo
ContrataciĆ³n de personas con discapacidad
InformaciĆ³n de la ayuda
Finalidad
Favorecer la contrataciĆ³n de personasĀ con especiales dificultades de inserciĆ³n,Ā con discapacidad, en el mercado ordinario de trabajo reguladas por el Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, por el que se regulan los incentivos destinados a favorecer la contrataciĆ³n de personas con discapacidadĀ en el mercado ordinario (DOE nĆŗm. 233, de 5 de diciembre), a travĆ©s de los siguientes programas:
Programa I: Subvenciones para la contrataciĆ³n indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporaciĆ³n de las mismas como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.
Destinatarios
- Beneficiarios:
- AutĆ³nomo/a
- Cooperativa
- Gran Empresa
- Pyme
PodrĆ”n ser beneficiarias de estas subvenciones, los/las profesionales colegiados/as y empresas, asociaciones o entidades sin Ć”nimo de lucro, que, en su condiciĆ³n de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, realicen contrataciones de personas con discapacidad.
- Sectores: Acuicultura, Agroalimentario, ArtesanĆa, Comercio, ConstrucciĆ³n, Cultura y ComunicaciĆ³n, EnergĆ©tico, EnseƱanza, Industria, Sector primario, Servicios, Turismo, Otros
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La cuantĆaĀ de las subvenciones serĆ” la siguiente, segĆŗn el programa:
a) Programa I:Ā Subvenciones para la contrataciĆ³n indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporaciĆ³n de las mismas como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.
La cuantĆa de la subvenciĆ³n por contrataciĆ³n indefinida a tiempo completo serĆ”:
ā 8.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserciĆ³n laboral descritas en el artĆculo 7.2 del Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
ā 7.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el pĆ”rrafo anterior.
b)Ā Programa III:Ā Subvenciones destinadas a la transformaciĆ³n de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad. La cuantĆa de la subvenciĆ³n por cada transformaciĆ³n de contratos temporales en indefinidos realizada a jornada completa serĆ”:
ā 5.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserciĆ³n laboral descritas en el artĆculo 7.2 del Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
ā 4.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el pĆ”rrafo anterior.
c) Programa IV:Ā Subvenciones para la contrataciĆ³n temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias. La cuantĆa de la subvenciĆ³n, por contrataciĆ³n temporal de al menos doce meses de duraciĆ³n a tiempo completo, serĆ”:
ā 2.500 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserciĆ³n laboral descritas en el artĆculo 7.2 del Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
ā 2.000 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el pĆ”rrafo anterior.
En el supuesto que la jornada sea a tiempo parcial, las cuantĆas establecidas en los programas serĆ”n minoradas proporcionalmente a dicha jornada.
Las cuantĆas establecidas en los Programas I, III y IV se incrementarĆ”n en un importe de 1.000 euros cuando el puesto de trabajo subvencionado se cree o transforme en localidades de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las Ćŗltimas cifras oficiales de poblaciĆ³n resultantes de la Ćŗltima revisiĆ³n del padrĆ³n municipal, difundidas por el Instituto Nacional de EstadĆstica, a fecha de publicaciĆ³n de la convocatoria.
Se establece, ademĆ”s, una cuantĆa adicional para estos Programas (I, III y IV),Ā independientemente de las caracterĆsticas de cada contrataciĆ³n, que consistirĆ” en incrementar en 1.000 euros el mĆ”ximo de las cuantĆas que puedan ser concedidas en cada programa cuando se trate de empresas en las que, a fecha de presentaciĆ³n de solicitud, concurra la ClĆ”usula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de GĆ©nero, pese a no concurrir la obligaciĆ³n legal establecida en el artĆculo 45 de la Ley OrgĆ”nica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Normativa y solicitud
El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentaciĆ³n de solicitudes serĆ” de un aƱo, a contar desde el dĆa siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la resoluciĆ³n de convocatoria y el extracto de la misma, tal y como dispone
el artĆculo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad AutĆ³noma de Extremadura, y conforme al plazo mĆ”ximo previsto en el apartado segundo del artĆculo 29 de la citada norma.
Durante el plazo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberĆ”n solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, empezando a computar dicho plazo desde la fecha de inicio de la contrataciĆ³n o desde la fecha de transformaciĆ³n de la contrataciĆ³n temporal con persona con discapacidad, en indefinida.
Servicio de Fomento del empleo
TelƩfono: 924 00 45 49. Email: carlos.vacas@extremaduratrabaja.net
RESOLUCIĆN de 16 de diciembre de 2022, de la SecretarĆa General, por la que se aprueba la convocatoria de concesiĆ³n de incentivos destinados a favorecer la contrataciĆ³n de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad AutĆ³noma de Extremadura para el ejercicio 2023
Extracto de la ResoluciĆ³n de 16 de diciembre de 2022, de la SecretarĆa General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la concesiĆ³n de incentivos destinados a favorecer la contrataciĆ³n de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad AutĆ³noma de Extremadura, para el ejercicio 2023.