AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES DE BIENES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL, SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA
CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES DE BIENES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL, SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA (ENTRE 0 Y MENOS DE 50 EMPLEADOS)
Información de la ayuda
Finalidad
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida comprendidas en los citados Segmentos I, II y III, seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
• Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras
• y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
• El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
• La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
• Upgrades o mejora de versiones.
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador Adherido, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
Destinatarios
- Beneficiarios:
- Cooperativa
- Pyme
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados), del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) y del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Alcance ayuda
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €), seis mil euros (6.000 €) o tres mil euros (3.000 €), en función del Segmento al que pertenezca. Las entidades que obtuvieron la condición de beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, podrán solicitar la ampliación de 1.000 euros mediante una declaración de conformidad, a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Red.es determinará el segmento al que corresponde la solicitud teniendo en cuenta los datos del número de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o valiéndose de cualquier otro medio válido en Derecho. El plazo para contabilizar la plantilla media de trabajadores del Régimen General (Seguridad Social) será el correspondiente a los últimos 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para los citados Segmentos son los siguientes:
Sitio Web y Presencia básica en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Comercio electrónico:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Gestión de Redes Sociales:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 2.500 €Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.500 €Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Gestión de Clientes:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 4.000 € (incluye 3 usuarios)Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
Business Intelligence y Analítica:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 4.000 € (incluye 3 usuarios)Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 1.500 € (incluye 1 usuario)
Gestión de Procesos:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 6.000 € (incluye 10 usuarios)Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 3.000 € (incluye 3 usuarios)Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
Factura Electrónica:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 2.000 € (incluye 3 usuarios)Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 3 usuarios)Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 1.000 € (incluye 1 usuario)
Servicios y herramientas de Oficina Virtual:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 250 € por usuario (hasta 48 usuarios)Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 250 € por usuario (hasta 9 usuarios)Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 250 € por usuario (hasta 2 usuarios)
Comunicaciones Seguras:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 125 € por usuario (hasta 48 usuarios)Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por usuario (hasta 9 usuarios)Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 125 € por usuario (hasta 2 usuarios)
Ciberseguridad:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 125 € por usuario (hasta 48 dispositivos)Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por usuario (hasta 9 dispositivos)Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 125 € por usuario (hasta 2 dispositivos)
Presencia avanzada en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Marketplace:
Meses de prestación del servicio: 12Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Normativa y solicitud
Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas
Órgano gestor
RED.ES
Edificio Bronce. Plaza Manuel Gómez Moreno, s/n- 28020 Madrid E-mail: prensa@red.es Teléfonos: 91 212 76 20 / 91 212 76 25 Fax: 91 212 76 35
http://www.red.es
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