A través de estas ayudas se cubren gastos asociados a la creación de franquicias, la actualización de documentación, formación inicial de los franquiciados o actividades de promoción y publicidad como la asistencia a ferias.

Estas ayudas son a fondo perdido y se dirigen a autónomos y pymes con el objetivo de fomentar el crecimiento de las franquicias extremeñas tanto a nivel nacional como internacional.

Requisitos

  • Que tengan domicilio fiscal en Extremadura.
  • Que tengan registrada la marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
  • Que tengan al menos tres establecimientos en funcionamiento, ya sean propios o franquiciados, según se haga constar en la solicitud de ayuda.

Gastos subvencionables. Se establecen 4 líneas de ayudas:

1. Creación de la franquicia. La ayuda para creación de la franquicia será del 40% de los gastos elegibles con los siguientes límites máximos de ayuda:

  • Gastos de elaboración de manuales de franquicia: 2.000 euros.
  • Gastos de confección del contrato de franquicia: 500 euros.
  • Gastos de diseño de la imagen corporativa y elaboración del manual de imagen corporativa: 2.000 euros.
  • Programa informático a medida para la gestión integrada de la franquicia: 1.000 euros.

2. Actualización de documentación. Si la franquicia tiene al menos 5 franquiciados y el primer contrato de franquicia se firmó hace más de 5 años, podrá optar a la ayuda para la actualización de documentación, que será del 40% de los gastos elegibles con los siguientes límites máximos de ayuda:

  • Actualización de los manuales de franquicia: 1.000 euros.
  • Actualización del contrato de franquicia: 250 euros.
  • Actualización de la imagen corporativa: 1.000 euros

3. Formación. Se establece una ayuda para la formación inicial de los franquiciados del 40% de los gastos elegibles con un límite máximo de ayuda de 1.500 euros. Se subvencionan los gastos de viaje, alojamiento y manutención de las personas que reciben e imparten la formación.

4. Promoción y publicidad. Se establece una ayuda del 70% de los gastos elegibles, con un límite máximo de ayuda conjunto de 10.000 euros para:

  • Asistencia a ferias, eventos o encuentros empresariales del sector franquicia. Serán subvencionables los siguientes gastos: derechos de inscripción, gastos de alquiler de la superficie de exposición, gastos de montaje y desmontaje de stand, servicio de azafatas y los gastos de viaje, alojamiento y manutención.
  • Gastos de publicidad que tengan como finalidad la búsqueda de franquiciados: publicidad en portales de internet y revistas especializados en franquicias, campañas de mailings, publicidad en redes sociales y en medios de comunicación.

El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 17 de febrero de 2025.

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