Últimos días para solicitar esta ayudas que te permiten modernizar tu empresa

Esta línea de ayuda está dirigida a empresas de cualquier forma jurídica, incluido autónomos, con una plantilla media que no sea superior a 3 trabajadores y que tenga centro productivo en Extremadura. Se incluyen las comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica.

Recuerda que el plazo de solicitud se cierra el 7 de octubre. 

Inversiones subvencionables

A través de estas ayudas podrás realizar inversiónes para:

  • Adquirir bienes de equipo, maquinaria y herramientas dirigidas a la producción y transformación del producto manufacturado; equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos; inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos; equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.
  • Gastos de transporte, instalación, montaje y formación en el uso relativos a las inversiones proyectadas.

Gastos excluidos

Es importante que sepas que a través de esta ayuda no puedes financiar equipos informáticos, reposición o sustitución de equipos y maquinaria; maquinaria y equipamiento de segundo uso; maquinaría de cuantía inferior a 1.000 euros; gastos en los que haya vinculación entre la empresa que solicita la ayuda y la empresa proveedora.

Cuantía

La subvención es a fondo perdido de hasta el 50% de la inversión subvencionable, mediante concesión directa. La cuantía de inversión proyectada no podrá ser inferior a 1.000 euros ni superior a 25.000 euros (IVA excluido).

Te resumimos las ayudas en este vídeo.

Impulsa tu próxima inversión con los Incentivos Autonómicos

Esta subvención es a fondo perdido, y se dirige a empresas que realicen inversiones en Extremadura, en especial las Pymes, financiando recursos importantes como maquinaria, obra civil, instalaciones, digitalización, equipamiento, o procesos clave como el relevo generacional de las empresas.

A través de Incentivos Autonómicos, las empresas pueden acceder a tres líneas de subvención.

  • Subvención por actividad, para la que se tendrá en cuenta el sector en el que se esté operando o se vaya a operar. Subvenciona conceptos como la adquisición de bienes inmuebles, terrenos, construcción o adecuación de naves o locales, y adquisición de maquinaria de proceso, elementos de transporte interior, vehículos no tripulados, mobiliario y enseres, pequeñas herramientas, programas informáticos, etc.
  • Subvención para el relevo generacional, para incentivar la continuación de un establecimiento que de otra forma hubiese cerrado por motivos como jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento del empresario o empresaria. A través de esta línea, las empresas que lo soliciten pueden cubrir la misma tipología de gastos que en la primera línea de la ayuda.
  • Subvención para facilitar la inversión para la digitalización empresarial o impulso de la empresa 4.0. Subvenciona los gastos de la consultoría externa especializada en digitalización, adquisición de patentes, licencias, software relacionado con gestión del sistema productivo, logístico o comercial, soluciones de inteligencia y control, tecnologías de comunicación, computación y cloud, ciberseguridad.

La cuantía de estas ayudas puede llegar hasta el 50% del proyecto subvencionable para las pequeñas empresas, hasta el 40% para mediana empresa y hasta el 30% para grandes empresas y se exige que el proyecto subvencionable tenga una inversión mínima de 25.000 euros.

De cara a la solicitud, es importante tener en cuenta que existen una serie de sectores excluidos de la ayuda y que, para la valoración de los proyectos subvencionables se han definido algunos sectores como prioritarios y preferentes, los cuales tendrán una mayor cuantía de ayuda.

El plazo de solicitud permanece abierto hasta el 31 de diciembre de 2026. La cuantía de la ayuda está cofinanciada con fondos FEDER.

MÁS INFORMACIÓN

 

Hasta 34.900 euros para la creación y consolidación de empleo en cooperativas y sociedades laborales

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se regulan las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social, por un importe de 1.600.000 euros.

El decreto contempla cuatro programas de subvenciones.

El Programa I tendrá como finalidad incentivar la creación de empleo estable mediante la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores. Este programa cuenta con dos modalidades. La modalidad A será para la incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a sociedades cooperativas y sociedades laborales, mientras que la modalidad B tendrá como objetivo subvencionar la transformación de contratos temporales de personas de su plantilla en contratos indefinidos, al tiempo que adquieren estas personas la condición de socias trabajadoras.

El Programa II contempla el apoyo a la contratación indefinida de personal técnico o con funciones de carácter gerencial o directivo en sociedades cooperativas, sociedades laborales y en sus entidades asociativas. Este apartado contempla, a su vez, otros tres subprogramas.

El Programa III establece la ‘Tarifa Cero’ para autónomos societarios, es decir, ayudas por la incorporación de socios trabajadores o de trabajo, encuadrados en el RETA, con el fin de sufragar el coste de las cuotas de la Seguridad Social.

El Programa IV se dirige a las entidades que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I y del Programa II y tienen como finalidad el mantenimiento de los socios trabajadores o de trabajo, así como los trabajadores indefinidos contratados, durante un período de 12 meses adicional al período de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses.