Solicita las ayudas para la compensación de la inflación hasta el 2 de septiembre

La convocatoria de ayudas para la compensación de la inflación, reguladas por el Decreto 70/2024, permanecerá abierta desde el 3 de agosto hasta el 2 de septiembre de 2024. Esta subvención a fondo perdido está dirigida a financiar el incremento de los gastos de aprovisionamiento que han sufrido las empresas en el ejercicio de 2022 respecto al de 2021 y que, como consecuencia hayan experimentado a su vez una minoración en resultados de explotación alcanzados.

Beneficiarios

Las ayudas están dirigidas a las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos trabajadores autónomos, con domicilio fiscal y centro productivo en Extremadura, de prácticamente todos los sectores a excepción del sector primario y otras actividades restringidas por la normativa comunitaria.

Requisitos

  • Empresas que hayan sido creadas con anterioridad al 1 de enero de 2021;
  • Que la facturación, en los ejercicios 2021 y 2022, no supere los 3 millones de euros; y que los gastos de aprovisionamiento del año 2022 hayan sufrido un incremento de al menos un 9 por respecto a los de 2021, que es el incremento interanual medio del Índice de Precios al Consumo (IPC);
  • Que los resultados de explotación de 2022 hayan sufrido una disminución de al menos un 9 por ciento respecto al año de referencia (2021). En definitiva, que se hayan incrementado en un 9 por ciento los costes y haya disminuido en un 9 por ciento el resultado de explotación.

Cuantía

El importe de la ayuda a conceder será del 40% del incremento producido entre los gastos de aprovisionamiento de 2022 en relación a los de 2021, hasta el límite máximo de la caida en los resultados de explotación del ejercicio 2022 sobre los de 2021. Y en todo caso, la cuantía de ayuda podrá ser de hasta 20.000 euros por empresa.

Las empresas y autónomos tienen que presentar una solicitud y una declaración responsable de haber sufrido los efectos de la inflación.

El abono se realizará en un pago único por el importe total de la subvención concedida.

Plazo de solicitud

La convocatoria permanecerá abierta desde el 3 de agosto hasta el 2 de septiembre (incluido).

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Ayudas para la Dinamización Empresarial. Solicitud hasta el 2 de octubre

El objetivo de estas ayudas es reforzar el ecosistema emprendedor de la región posicionando a las asociaciones empresariales como elementos catalizadores del ecosistema empresarial de la región, a través del desarrollo de proyectos dirigidos a impulsar el emprendimiento y fomentar el aumento del tamaño de las empresas. Estas ayudas están reguladas por el Decreto 65/2024, y permanecerán abiertas desde el 3 de agosto al 2 de octubre de 2024. 

Beneficiarios

  • Asociaciones empresariales sin ánimo de lucro, con domicilio o centro en Extremadura.
  • Entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de la Administración General del Estado.

Requisitos

  • Que entre los fines de los estatutos se contemple prestar servicios relacionados con el emprendimiento y/o la empresa.
  • Que desarrollen servicios o actividades relacionadas con la actividad empresarial en los tres años anteriores.
  • Que lleven legalmente constituidas al menos tres años a fecha de la solicitud.
  • Que estén cuenten con al menos 20 empresas asociadas, incluido autónomos.
  • Que dichas empresas tengan una antigüedad como socios de la entidad de más de un año a fecha de la solicitud.

2 líneas subvencionables

LÍNEA 1. Proyectos para la creación, crecimiento y consolidación empresarial.

  • Proyectos orientados a favorecer la creación, crecimiento y consolidación empresarial, a través de acciones de asesoramiento, capacitación o de cualquier otra índole.
  • Subvenciona: Gastos de personal contratado por la entidad (nóminas y seguridad social), que no puede superar el 30% del total del gasto subvencionable; así como gastos de consultoría externa u otras contrataciones necesarias.
  • Cuantía: hasta el 70 % del gasto total subvencionable, con un límite de 20.000 euros cuando estén promovido por una asociación que tenga la calificación de Agrupación Empresarial Innovadora, y de 10.000 euros para el resto de organizaciones.

LÍNEA 2. Proyectos para la realización de eventos

  • Realización de eventos en Extremadura relacionados con temáticas de emprendimiento, empresa, crecimiento empresarial o similar, tales como talleres, seminarios, encuentros, jornadas y foros que vayan dirigidos al sector empresarial, con una participación de, al menos, 75 asistentes del perfil objetivo al que se dirige la actuación.
  • Subvenciona: Contratación de ponentes especializados; gastos como alquiler de espacios, sonido, iluminación, azafatas, stands, catering, elaboración de materiales, merchandising; campañas y materiales de comunicación; otros gastos necesarios para el desarrollo de los eventos.
  • Cuantía: hasta el 70 % del gasto total subvencionable. Con un límite máximo de subvención de 7.000 euros.

Solicitud de la ayuda

El plazo de convocatoria es desde el 3 de agosto hasta el 2 de octubre (incluido).

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