No te pierdas nada,
suscríbete a nuestro boletín

Subvenciones, formación, eventos, asesoramiento…

Noticias para empresas y emprendedores.

Volver a noticias

13/09/2023

Nueva convocatoria de Kit Digital destinada a comunidades de bienes, explotaciones agrarias y sociedades civiles

Las empresas con menos de 50 empleados se podrán beneficiar de hasta 12.000 € con el bono del kit digital. Descubre como solicitarlo.

Red.es ha publicado la nueva convocatoria de ayudas del programa Kit Digital destinadas a la digitalización de comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y sociedades profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil. La ayuda tiene en cuenta el creterio de número de trabajadores: Segmento I (entidades entre 10 y menos de 50 empleados), Segmento II (entidades entre 3 y menos de 10 empleados) y Segmento III (entidades entre 0 y menos de 3 empleados).

Para poder optar a la ayuda, las entidades solicitantes deben estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que tendrá que reflejar la actividad económica que desarrollan a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.

Cómo solicitar la ayuda de Kit Digital. Los pasos para la solicitud son los siguientes:

  1. Debes registrarte en el área privada de acelerapyme.es con el NIF de tu entidad y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
  2. Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en acelerapyme.es.
  3. Solicita la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/).

Una vez se comprobado que cumples los requisitos, se concede el bono digital que podrá ser de 12.000 €, 6.000 € o 2.000 € en función del tamaño de la empresa. Puedes consultar el catálogo de agentes digitalizadores que te ayudarán en tu proceso de digitalización en la web.

Novedades de esta convocatoria

Como novedad en esta convocatoria, las entidades a las que se dirige tendrán que cumplimentar un formulario único independientemente del segmento (I, II o III) al que pertenezcan.

Además, para las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y las sociedades civiles con objeto mercantil que no estén constituidas en escritura pública será necesario que se presente un modelo de representación legal nombrando a un representante legal de los integrantes de la entidad. El modelo que tendrá que cumplimentar está disponible en la convocatoria. Este procedimiento no será necesario para sociedades civiles profesionales.

Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria. El plazo de presentación se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.


Fuente: Cámara de Badajoz

Te puede interesar: