Proyectos de Inversión FEMPA
Información de la ayuda
Finalidad
Ayudas a proyectos de inversión en acuicultura y proyectos de inversión en actividades de transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
El FEMPA (Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura) es el fondo de la UE que está activo entre 2021 y 2027, con el fin de respaldar la Política Pesquera Común de la UE, la Política Marítima de la UE y la Agenda de la UE para la Gobernanza Internacional de los Océanos.
El FEMPA incluye cuatro prioridades:
- Prioridad 1: fomentar una pesca sostenible y la recuperación y conservación de los recursos biológicos acuáticos.
- Prioridad 2: fomentar actividades de acuicultura sostenibles y la transformación y comercialización sostenibles de los productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo de esta forma a la seguridad alimentaria de la Unión.
- Prioridad 3: hacer posible una economía azul sostenible en zonas costeras, isleñas y de interior y fomentar el desarrollo de comunidades pesqueras y acuícolas.
- Prioridad 4: reforzar la gobernanza internacional de los océanos y hacer posible que los mares y los océanos sean seguros, estén limpios y se gestionen de manera sostenible.
Proyectos individuales, desarrollados por una única empresa.
El presupuesto mínimo financiable por proyecto es de 175.000 euros y el máximo asciende a 9.500.000 euros.
Duración: de 9 a 24 meses.
Las colaboraciones externas no podrán superar el 80% del presupuesto elegible, con carácter general.
Destinatarios
- Beneficiarios:
- Gran Empresa
- Pyme
Empresas válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia, domicilio fiscal en España, y que desarrollen el proyecto de inversión en España.
- Sectores: Acuicultura
Alcance ayuda
Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a proyectos de inversiones productivas en acuicultura, así como a proyectos de inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Ayuda Parcialmente Reembolsable.
Cobertura de hasta el 85% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración del CDTI.
La empresa deberá aportar al menos una contribución financiera mínima que cubra el porcentaje de inversión no financiado a través de la ayuda mediante recursos propios o financiación externa.
El tipo de interés aplicable es Euribor a un año, fijado a la fecha de aprobación de la ayuda, y se aplicará exclusivamente al tramo reembolsable.
Amortización en 10 años.
El tramo no reembolsable de la ayuda será del 33% (consultar ficha de detalle del instrumento).
Se consideran inversiones y gastos elegibles:
– La adquisición de activos fijos nuevos necesarios para el desarrollo del proyecto.
– Costes de personal dedicado al proyecto.
– Costes de materiales fungibles y consumibles.
– Colaboraciones externas. Subcontrataciones.
– Costes indirectos (consultar ficha de detalle del instrumento).
– Costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo de 2.000 euros.
Normativa y solicitud
Convocatoria continua. Plazo de solicitud, abierto todo el año.
CDTI
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial C/ Cid 4 - 28001, Madrid Tel: (34) 91 581 55 00 / (34) 91 209 55 00 Fax: (34) 91 581 55 94
http://www.cdti.es