InformaciĂłn de la ayuda
Finalidad
¿Qué financia?
Proyectos de inversiĂłn, actividades empresariales y/o necesidades de liquidez o gastos.
Proyectos de digitalizaciĂłn y, en particular, los destinados a fomentar soluciones de teletrabajo recogidos en el programa Acelera Pyme
RehabilitaciĂłn de viviendas y edificios.
Conceptos financiables
• La financiaciĂłn podrá destinarse a desarrollar los proyectos de inversiĂłn y/o las necesidades generales de la actividad, entre otras, necesidades de liquidez tales como gastos corrientes, nĂłminas, pagos a proveedores, compra de mercancĂa, etc.
• Necesidades tecnológicas
• Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano.
• VehĂculos turismos e industriales
• Adecuación y reforma de instalaciones
• Adquisición de empresas.
• Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares.
Destinatarios
- Beneficiarios:
- AutĂłnomo/a
- Gran Empresa
- Organismos
- Pyme
Podrán solicitar estos préstamos los autónomos, las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG’s, Administración Pública), que realicen su actividad empresarial en España con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital
es español o extranjero.
TambiĂ©n podrán solicitar financiaciĂłn a travĂ©s de esta LĂnea los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.
- Sectores: Agroalimentario, Comercio, ConstrucciĂłn, Cultura y ComunicaciĂłn, EnergĂ©tico, Enseñanza, Industria, MinerĂa, Servicios, Turismo, Otros
Alcance ayuda
El importe máximo por cliente y año es de 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
Modalidad de la operaciĂłn: La financiaciĂłn podrá formalizarse bajo la modalidad de prĂ©stamo, leasing, renting o lĂnea de crĂ©dito.
Plazo de amortizaciĂłn y carencia:
• de 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• de 7 hasta 9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia
• de 10, 12, 15 y 20 años con 0, 1, 2 hasta 3 años de carencia
Tipo de interés del préstamo:
El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable. En el caso de que la operación formalizada sea un renting, el tipo de interés será fijo.
Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.
Comisiones y gastos:
La Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación en función de su plazo.
Además podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se aplicará una comisión máxima del 0,50%, en
función de la vida residual de la operación en la fecha de liquidación de la amortización. Ampliar información sobre la cancelación anticipada del préstamo. En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.
Normativa y solicitud
ICO
Instituto de Credito Oficial Paseo del Prado, 4 - 28014 Madrid Tel.:91 592 16 00 Fax:91 592 17 00 Tél. info gratuito: 900 121 121
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