Fomento del empleo especializado en comercio exterior

Información de la ayuda

  • Estado: Abierta
  • Apertura: 18/01/2024
  • Cierre: 17/06/2024
  • Te ayudamos

    Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvención podemos ayudarte.

    Finalidad

    El hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las siguientes condiciones y características:
    a) Sea celebrado con personas que cumpliendo las condiciones específicas de subvencionabilidad establecidas en el artículo 6, además:
    — Estuvieran desempleadas al día de la contratación.
    — No hubieran prestado servicios en los seis meses anteriores, mediante contratos de duración determinada durante un período, continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o
    vinculadas.
    b) Tenga carácter indefinido y a jornada completa.
    c) Tenga un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
    d) Esté encuadrado en el grupo de cotización acorde a la titulación de la persona contratada, conforme a las siguientes correspondencias:
    — Ingenieros, licenciados universitarios o grados equivalentes: Grupo I.
    — Ingenieros técnicos, diplomados universitarios o equivalente: Grupo II.
    — Formación profesional de grado superior: Grupo III.
    e) No se encuentre en algunas de las situaciones de exclusión que figuran en el artículo 7.
    2. El contrato deberá haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda, bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al inicio de dicho periodo.
    3. El contrato celebrado deberá haber sido registrado y comunicado al Servicio Estatal de Empleo.

    Obligaciones de los beneficiarios:

    a) Mantener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de alta del contrato en Seguridad Social, sin perjuicio de lo previsto en el apartado primero del siguiente artículo.
    b) Mantener el grupo de cotización de la persona trabajadora subvencionada, durante un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de alta, siempre que ello pudiera suponer una disminución de la base mínima de cotización.
    c) Mantener la jornada laboral a tiempo completo durante un periodo mínimo de tres años,
    contados a partir de la fecha de alta, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo del siguiente artículo.
    d) Mantener a la persona trabajadora en códigos de cuenta de cotización adscritos a la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de alta.
    e) Informar a las personas trabajadoras cuyo contrato sea objeto de subvención y, en su caso, a la representación legal de las mismas, de dicha circunstancia, así como de la cofinanciación de dicha subvención por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
    f) Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el órgano directivo competente en materia de comercio.
    g) Comunicar en los plazos establecidos en esta norma, o en su defecto en un plazo máximo de un mes, cualquier incidencia y/o variación que pudieran afectar a los requisitos necesarios para la consecución de la subvención o al cumplimiento de las obligaciones
    establecidas tanto en la presente norma como en la resolución de concesión.
    h) Comunicar, en un plazo de un mes a contar desde la comunicación o publicación de su otorgamiento, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos que financien, total o parcialmente, la contratación subvencionada.

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • Autónomo/a
    • Cooperativa
    • Pyme

    Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
    a) Deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.
    b) Deberán tener el puesto de trabajo por el que se solicita la subvención en centros de la empresa beneficiaria radicados en Extremadura, hasta el fin del periodo de obligaciones.

    Condiciones de las personas contratadas: 

    a) Poseer Título Universitario o de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente.
    b) Acreditar el dominio de un idioma distinto del castellano y de otras lenguas cooficiales del Estado español, bien porque sea su lengua materna, o por estar en posesión de un certificado de nivel B1 o superior del Marco Europeo de las Lenguas Extranjeras, o
    equivalente.
    c) Acreditar una formación mínima en comercio exterior de 120 horas y/o una experiencia en este ámbito de, al menos, 6 meses.

    • Sectores:
    • Agroalimentario, Industria, Otros

    Alcance ayuda

    Las ayudas consistirán en una subvención no reembolsable por importe de 30.000 euros que será abonada en tres anualidades de 12.000, 10.000 y 8.000 euros, respectivamente, para el primer, segundo y tercer año de contratación.

    Normativa y solicitud

    El plazo de presentación de solicitudes es de 5 meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria y el extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

    Órgano gestor
    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    Secretaría de Economía, Empresa y Comercio Paseo de Roma s/n. Mérida. Ayudas Mejora Comercio Minorista, Fomento del Asociacionismo, Animación Comercial y Contratación de Gerentes: 924010854 (Badajoz) jose.grande@juntaex.es; 927005667 (Cáceres) raul.palencia@juntaex.es Ayudas Internacionalización empresas extremeñas: 924005302 angeles.lopeztercero@juntaex.es; 924003234 gabriel.gomez@juntaex.es Ayudas Artesanía: javier.gracia@juntaex.es 924002714; jesusmanuel.acedo@juntaex.es 924005726 Ayudas Fomento Franquicias: german.ortiz@juntaex.es 924005843; carlos.mejiasg@juntaex.es 924005658
    https://www.juntaex.es/temas/empresas/comercio