Ayudas destinadas a la realización de proyectos de innovación e investigación aplicadas y transferencia del conocimiento en la Formación Profesional

Convocatoria de ayudas destinadas a la realización de proyectos de innovación e investigación aplicadas y transferencia del conocimiento en la Formación Profesional, destinadas a centros que impartan enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo y para el Empleo, y que desarrollen proyectos de innovación e investigación aplicadas y transferencia del conocimiento en colaboración con entidades y empresas de diferentes CCAA.

Información de la ayuda

  • Estado: Cerrada
  • Apertura: 04/09/2023
  • Cierre: 29/09/2023
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    Finalidad

    El objeto de las ayudas es financiar la realización de proyectos, de innovación e investigación aplicadas y transferencia del conocimiento en el ámbito de la formación profesional liderados por centros de formación profesional sostenidos con fondos públicos y coparticipados por empresas o entidades, siempre que satisfagan los requisitos contemplados en el apartado segundo de la presente resolución.

    Se consideran proyectos de innovación e investigación aplicada y transferencia del conocimiento en formación profesional, a los efectos de esta convocatoria, aquellos proyectos con capacidad para generar, compartir y movilizar conocimientos, productos y recursos de utilidad social y económica entre los centros de formación profesional, las empresas y entidades participantes.

    Se trata de proyectos que ensayan nuevas fórmulas en respuesta a la evolución experimentada por las familias, sectores y perfiles profesionales, formas de gestión y organización empresarial, a los requerimientos de procesos técnicos emergentes y la mejora de la competitividad nacional e internacional de las empresas, a las necesidades de cambio metodológico para un mejor desarrollo competencial y transición al mercado laboral del alumnado del sistema de formación profesional, así como para atender las necesidades de perfiles profesionales con formación STEAM.

    La duración de los proyectos será variable en función de sus objetivos y características. Los proyectos podrán desarrollarse durante dos años a partir del momento de la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria.

    Líneas Temáticas

    Los proyectos de innovación presentados por empresas o entidades se ajustarán a una o varias de las siguientes líneas temáticas:

    • Línea 1. Innovación tecnológica, medioambiental, de procesos de producción o de prestación de servicios. Transferencia de conocimiento entre empresas o entidades y centros de formación profesional y, mediante el intercambio de experiencias innovadoras o de I+D+i, a nivel nacional, autonómico o local.
    • Línea 2. Desarrollo de competencias profesionales vinculadas a la digitalización, tales como las relacionadas con la industria 4.0. o el desarrollo de redes de comunicación 5G, y la economía circular, entre otras.
    • Línea 3. Promoción del equilibrio de género en el acceso de la mujer a los perfiles de formación profesional relacionados directa o indirectamente con las titulaciones de formación profesional STEAM y a su inserción profesional.
    • Línea 4. Creación de estructuras para la promoción de la competencia emprendedora, vinculada a centros de formación profesional (viveros, incubadoras de empresas, etc.), que estimulen la competencia emprendedora, y que faciliten la transición al mercado laboral desde el entorno formativo, aportando el marco, las normas, el soporte y el acompañamiento necesarios.
    • Línea 5. Diseño y testeo de retos o proyectos de formación, que permitan la innovación metodológica hacia el aprendizaje basado en retos, con atención especial a la incorporación de competencias transversales, incluyendo diseño-tipo de adaptaciones técnicas y estructurales de espacios formativos a nuevas metodologías.
    • Línea 6. Desarrollo de ecosistemas de innovación estables entre los principales agentes de cada sector profesional estrechando y garantizando la colaboración, la excelencia del talento de sus profesionales y la transferencia del conocimiento entre centros de formación profesional, empresas y/o entidades especialistas en innovación del mismo.

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • Pyme

    Las ayudas están destinadas a:

    • Centros educativos españoles sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo.
    • Empresas del ámbito de la Formación Profesional para el Empleo que impartan ofertas formativas vinculadas al CNCP, registradas como centros de Formación Profesional para el Empleo, y que cuenten con la debida autorización al efecto.
    • Las empresas y entidades que presten apoyo a los centros de Formación Profesional para desarrollar su proyecto.
    • Sectores:
    • Enseñanza

    Alcance ayuda

    El importe total máximo destinado a esta convocatoria será de 30.000.020,00 euros.

    Para los proyectos, cada uno de los centros de formación profesional que participen en el proyecto podrá solicitar una cantidad máxima de 50.000 euros. En el caso de las empresas o entidades, esta cuantía máxima será de 20.000 euros. El importe máximo solicitado por proyecto no podrá exceder de 120.000 euros.

    En todo caso, la cantidad final concedida no superará el coste económico presupuestado para el conjunto del proyecto y de cada una de las actividades y acciones previstas.

    Con carácter excepcional podrán solicitarse financiación complementaria al máximo establecido de 120.000 €, siempre y cuando se acredite la necesidad de este aumento teniendo en cuenta el objetivo general y los objetivos específicos del proyecto de ampliación, de los potenciales destinatarios de las acciones propuestas y de la aportación de los resultados esperados con esta ampliación. La financiación complementaria que se solicite no podrá superar los 80.000 € y deberá estar desagregada, en cuanto a su justificación y las acciones financiables, del cuerpo general del proyecto, debiendo aportarse, a estos efectos, memoria y presupuesto complementarios con arreglo al anexo II. La concesión de financiación complementaria quedará, en todo caso, sujeta a disponibilidades presupuestarias y a la capacidad del órgano convocante de consecución de los hitos y objetivos comprometidos en Plan Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    En la Memoria técnica, deberá figurar el reparto de gastos previsto por cada uno de los participantes en el proyecto en función de la distribución de tareas que realicen, sujetas a criterios de estimación reales y/o de mercado, no pudiendo superar cada uno de los participantes las cantidades máximas recogidas en el punto segundo.

    Normativa y solicitud