Ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Información de la ayuda

  • Estado: Cerrada
  • Apertura: 07/05/2024
  • Cierre: 27/05/2024
  • Te ayudamos

    Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvención podemos ayudarte.

    Finalidad

    La convocatoria de ayudas a la edición de libros que constituyan una inversión en el sector editorial de Extremadura y enriquezcan el patrimonio bibliográfico extremeño, para financiar los gastos que generen.

    Los proyectos de edición que sean objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria y terminar antes del 30 de junio del 2025.

     

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • Autónomo/a
    • Cooperativa
    • Pyme

    Las empresas de producción editorial, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), que ejerzan una actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención con anterioridad a la publicación de la presente resolución.
    Requisitos:
    • Editar al menos 300 ejemplares de cada proyecto.
    • No superar la ayuda total de mínimis (200.000,00 euros) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
    Excluidos de estas ayudas:
    • Los libros que hayan sido premiados por instituciones o entidades públicas o privadas.
    • Los libros de texto para enseñanza, las obras en fascículos o separatas, los anuarios y los catálogos de arte.
    Cada empresa podrá solicitar ayuda para un máximo de 3 proyectos, debiendo realizarse una solicitud por cada uno de ellos, con un máximo de tres solicitudes.

    • Sectores:
    • Cultura y Comunicación, Industria, Servicios, Otros

    Alcance ayuda

     La cantidad máxima de la ayuda no superará los 4.000 euros por proyecto, ni el 55% del importe del presupuesto del proyecto, (IVA excluido).

    Normativa y solicitud

    • El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto, a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2023, de 17 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.

    Órgano gestor
    Secretaría General de Cultura
    Avda. Valhondo, s/n. Mérida Teléfono: 924007051