Ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral
Ayudas a la contratación de personas desempleadas o en riesgo de vulnerabilidad para el cuidado, a domicilio, de hijos o de hijas menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral.
Información de la ayuda
Finalidad
Mejorar la empleabilidad de las personas trabajadoras de Extremadura, propiciando fórmulas para conciliar que permitan el acceso y la permanencia en el mercado laboral, tras las dificultades sobrevenidas por la situación de crisis sanitaria, ademÔs de mejorar el acceso a recursos que permitan conciliar a trabajadores y trabajadoras del medio rural, con menores posibilidades y recursos que las poblaciones de mayor tamaño y, por último, motivar hacia el empleo en el sector de los cuidados a personas desempleadas e inactivas o aquellas que puedan encontrase en situación de vulnerabilidad.
Destinatarios
- Beneficiarios:
- Autónomo/a
PodrĆ”n ser beneficiarias de estas ayudas las personas fĆsicas, que contraten a una persona para el cuidado, en el domicilio, de hijos o de hijas menores de 14 aƱos o familiar de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Para ser beneficiaria habrƔn de reunir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Residir y figurar empadronada junto con el hijo o la hija menor de 14 años o el familiar de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, para cuyo cuidado se contrata a una persona, en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Convivir con la hija o el hijo menor de 14 aƱos, o familiar con discapacidad reconocida igual o superior al 33%. En los casos en los que exista un acuerdo de custodia compartida, se computarĆ” el tiempo de convivencia y el cĆ”lculo del perĆodo objeto de la subvención en proporción, segĆŗn los tĆ©rminos del citado acuerdo.
- La persona beneficiaria y en su caso, su pareja conviviente, deberƔn ejercer una actividad retribuida por cuenta ajena o por cuenta propia.
- HabrÔ de figurar como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona contratada.
- Ninguno de los integrantes de la unidad familiar podrÔ encontrarse en situación de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de persona menor en el marco de la normativa de la Seguridad Social.
- En ningún caso podrÔn ser beneficiarias de esta ayuda las personas progenitoras privadas de la patria potestad de sus hijas o hijos, o si su tutela o guarda fue asumida por una institución pública.
- La persona beneficiaria no puede estar incursa en prohibición para obtener la condición de beneficiaria de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artĆculo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Todos estos requisitos deben cumplirse en el momento que se formule la solicitud de ayuda y mantenerlos mientras dure la actividad subvencionable.
- Sectores: Agroalimentario, ArtesanĆa, Comercio, Construcción, Cultura y Comunicación, EnergĆ©tico, EnseƱanza, Industria, Servicios, Turismo, Otros
Alcance ayuda
La cuantĆa de la ayuda estarĆ” destinada a sufragar los costes de contratación de la persona que preste el servicio de cuidados en el domicilio por el periodo solicitado y/o con fecha lĆmite el 31 de diciembre de 2025.
La cuantĆa de la ayuda se calcula conforme a lo estipulado en el art. 8 del presente decreto y serĆ” la determinada en la siguiente escala la cual estĆ” calculada teniendo en cuenta las bases de cotización por contingencias comunes para las personas empleadas y las horas trabajadas.
Tramo | Retribución mensual
Euros/mes |
MÔximo de horas trabajadas al mes | Base de cotización
Euros/mes |
CuantĆa mensual de la Subvención ā¬/mes |
1.° | Hasta ⬠306,00 ⬠| 20 | 284,00 | 200,00⬠|
2° | Desde 306,01⬠Hasta 474,00⬠| 40 | 405,00 | 312,50⬠|
3.° | Desde 474,01⬠Hasta 644,00⬠| 72 | 559,00 | 425,00⬠|
4.° | Desde 644,01⬠Hasta 814,00⬠| 92 | 729,00 | 537,50⬠|
5.° | Desde 814,01⬠Hasta 986,00⬠| 111 | 901,00 | 650,00⬠|
6.° | Desde 986,01⬠Hasta 1.153,00⬠| 130 | 1.069,00 | 762,50⬠|
7.° | Desde 1.153,01⬠Hasta 1.323,00⬠| 150 | 1.323,00 | 875,00⬠|
8.° | Desde 1.323,01 | 160 | Retribución mensual | 987,50⬠|
La cuantĆa se incrementarĆ” en un 10% en los supuestos en los que la persona solicitante resida en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre el aƱo anterior a la convocatoria, consten menos de 5000 habitantes. Asimismo, podrĆ” incrementarse en un 10% si la persona a la que se contrata para el cuidado en el domicilio es vĆctima de violencia de gĆ©nero, y otro 10% si la unidad familiar es monoparental. Estos porcentajes podrĆ”n acumularse hasta un mĆ”ximo de 1.100 euros mensuales.
La cuantĆa de la ayuda no podrĆ” superar los 1.100 euros mensuales en 12 pagas.
Normativa y solicitud
SecretarĆa General de Igualdad y Conciliacrión
Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y se aprueba la primera convocatoria.
Ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, para el ejercicio 2025