Ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura para la realización de actuaciones o giras fuera de la Comunidad

Información de la ayuda

  • Estado: Cerrada
  • Apertura: 22/03/2023
  • Cierre: 13/04/2023
  • Te ayudamos

    Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvención podemos ayudarte.

    Finalidad

    Podrán acceder al régimen de ayudas previstas en la presente convocatoria:
    — Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza, constituidas conforme a la legislación mercantil aplicable, que se encuentren establecidas en cualquier Estado
    Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), al menos con una antigüedad de dos años o que acrediten haber producido al menos dos espectáculos en los últimos dos
    años, en ambos casos, a 31 de diciembre del 2022.
    — Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza constituidas conforme a la legislación mercantil aplicable, que se hayan constituido en el año 2021 y cuyos componentes tengan una actividad profesional acreditada mediante la participación en producciones teatrales, de danza y de música, en los tres años anteriores a la formación de la empresa.
    — En caso de Uniones Temporales de Empresas, los criterios expresados en los puntos anteriores de este apartado, serán de aplicación a las que individualmente las compongan.

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • Autónomo/a
    • Cooperativa
    • Gran Empresa
    • Organismos
    • Pyme
    • Sectores:
    • Cultura y Comunicación

    Alcance ayuda

    Gastos subvencionables.

    Son gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de una actuación o gira de una producción realizada de teatro, danza o música, fuera de la
    Comunidad Autónoma de Extremadura, que resulten estrictamente necesarios y se hayan realizado durante el ejercicio 2022.
    A estos efectos se consideran gastos subvencionables los siguientes:
    • Gastos de transporte (tanto de los miembros de la compañía como de la escenografía, atrezo, vestuario y elementos técnicos necesarios para realizar la representación).
    • Gastos de personal (sueldos y seguros sociales de actores y técnicos).
    • Dietas y kilometraje de actores y técnicos.
    • Otros gastos directamente relacionados con la realización de la actuación o gira fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
    Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización de la actividad realizada y los de
    administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actuación o gira realizada y hayan sido indispensables para la adecuada preparación o
    ejecución de la misma.

    La cuantía de los créditos totales destinados a la financiación será de doscientos mil euros (200.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/470.00 Proyecto 20001162 Fondos CAG0000001 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
    La cuantía máxima de la ayuda que se concederá por función, según los criterios de valoración no superará en ningún caso el 30 % del caché presentado (IVA excluido), ni la cuantía de
    24.000,00 euros por beneficiario.

    Normativa y solicitud