Ayudas al desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE-DI. (PERTE-DI-LĂ­nea 4)

InformaciĂłn de la ayuda

  • Estado: Cerrada
  • Apertura: 05/09/2024
  • Cierre: 26/09/2024
  • Te ayudamos

    Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvenciĂłn podemos ayudarte.

    Finalidad

    Esta orden instrumenta la medida transformadora D, o Línea 4, de la Memoria del PERTE de Descarbonización Industrial, aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros el 27 de diciembre de 2022: «Apoyo al desarrollo de nuevas instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas», y contribuirá parcialmente a los hitos 491, 492 y 493 del Componente 31 de la Decisión de Ejecución del Consejo, de 17 de octubre de 2023, que modifica la Decisión de Ejecución (UE) de 13 de julio de 2021, para la parte de subvención, y el hito L83, el objetivo L84 y el hito L85 del mismo componente para la parte de préstamo.

    Se financiarán proyectos tractores que consistirán en uno o varios proyectos primarios destinados a la construcción y puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones industriales o nuevas líneas completas de producción altamente eficientes y descarbonizadas.

    Régimen de concesión

    El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

    La evaluación se realizará sobre la base de los siguientes criterios: elegibilidad de la entidad solicitante, elegibilidad del proyecto tractor presentado, elegibilidad comercial y temporal de la propuesta presentada, emisiones de gases de efecto invernadero evitadas con respecto a las mejores técnicas disponibles en el sector y otras mejores medioambientales. Cada proyecto obtendrá una puntuación entre 0 y 100 puntos, que determinará la prelación de los proyectos. Se concederá ayuda a los proyectos con la mejor puntuación, hasta agotar el presupuesto disponible.

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • Gran Empresa
    • Pyme
    1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia que realicen alguna actividad industrial, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño.Estas sociedades deberán demostrar una experiencia industrial mínima de tres años contados hasta la fecha de solicitud en las actividades o sectores a los que se dirija el proyecto. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad, o bien los accionistas o el equipo directivo, acreditan experiencia en producción industrial comparable en la actividad, o bien en planta piloto, o a escala experimental, desde al menos, un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
    2. Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán estar válidamente constituidas y tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en España.
    3. No podrán tener la condición de beneficiario:
      1. Las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como aquellas que tengan pendientes obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas.A estos efectos deberán aportarse, en los términos previstos en los artículos 25 y 26 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los correspondientes certificados y declaraciones responsables y deberá tenerse en cuenta lo señalado por el artículo 22 bis de dicho Reglamento en cuanto al informe de procedimientos acordados se refiere.
      2. Las empresas en crisis, de acuerdo con el artĂ­culo 1 del Reglamento (UE) n.Âş 651/2014 de la ComisiĂłn, de 17 de junio de 2014, tal como se definen en su artĂ­culo 2.18.
      3. Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado interior.
      4. Las empresas que incumplan lo dispuesto en el artĂ­culo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
    • Sectores:
    • Industria

    Alcance ayuda

    Cada uno de los proyectos primarios que compongan un proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las siguientes líneas de ayuda detalladas en los siguientes apartados, según las contempladas en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:

    1. LĂ­nea de investigaciĂłn industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad. Dentro de esta lĂ­nea se establecen las siguientes tipologĂ­as de proyectos:
      1. Proyectos de investigaciĂłn industrial
      2. Proyectos de desarrollo experimental
      3. Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigaciĂłn industrial o a proyectos de desarrollo experimental
    2. LĂ­nea de proyectos de innovaciĂłn en materia de organizaciĂłn y procesos. Dentro de esta lĂ­nea se establecen las siguientes tipologĂ­as de proyectos:
      1. Proyectos de innovaciĂłn en materia de organizaciĂłn
      2. Proyectos de innovaciĂłn en materia de procesos
    3. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medioambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:
      1. Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador, siempre que permitan a la entidad incrementar en nivel de protección del medioambiente y descarbonización, con carácter general.
      2. Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales.
    4. Línea de ayudas a la inversión en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.
    5. Línea de ayudas de inversiones para la promoción de la energía procedente de energías renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales. Estas inversiones deberán realizarse en la instalación principal o sus aledaños y las instalaciones de generación de energía y la instalación principal deberán estar físicamente conectadas.
    6. Estudios ambientales, incluidas las auditorías energéticas, o la viabilidad técnica asociada, directamente vinculados a las inversiones contempladas en las líneas de ayuda de 3,4 y 5.

    Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán tener la forma de subvención, de préstamo reembolsable o una combinación de ambas. Durante la instrucción del procedimiento y previo a su resolución, se podrá reconfigurar de oficio la estructura del préstamos y subvención, previa audiencia y aceptación de los solicitantes conforme con el procedimiento regulado en el artículo 30 de la orden de bases, sin superar, en ningún caso, la ayuda total máxima solicitada y respetando los límites establecidos en el artículo 13 de la orden de bases.

    En su solicitud, las entidades podrán seleccionar en qué forman solicitan la ayuda.

    Intensidades de ayudas máximas

    La financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.

    Según los tipos de proyectos, las intensidades de subvención bruta máxima, considerando la suma de la subvención más la subvención bruta equivalente del préstamo, por proyectos y primario y entidad beneficiaria serán los siguientes:

    Tipos de proyectos Intensidades brutas máximas de subvención a las entidades beneficiarias
    Empresas no pyme Medianas empresas Pequeñas empresas y microempresas
    Proyectos de investigaciĂłn industrial Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 70% del gasto subvencionable del proyecto.
    Proyectos de desarrollo experimental Hasta el 25% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 35% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 45% del gasto subvencionable del proyecto.
    Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigaciĂłn industrial o desarrollo experimental Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 70% del gasto subvencionable del proyecto.
    Proyectos de desarrollo experimental Hasta el 15% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto.
    Proyectos de protecciĂłn del medio ambiente y descarbonizaciĂłn industrial Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto.
    Proyectos de protecciĂłn del medio ambiente y descarbonizaciĂłn industrial: proyectos de captura de carbono Hasta el 30% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto.
    Eficiencia energética Hasta el 30% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto.
    Proyectos de promociĂłn de la energĂ­a procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energĂ­a: producciĂłn de energĂ­a renovable, incluida la cogeneraciĂłn y de hidrĂłgeno renovable. Hasta el 45% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 55% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 65% del gasto subvencionable del proyecto.
    Proyectos de promociĂłn de la energĂ­a procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energĂ­a: resto de inversiones, incluido el almacenamiento de energĂ­a Hasta el 30% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto.
    Proyectos de estudios medioambientales Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 70% del gasto subvencionable del proyecto. Hasta el 80% del gasto subvencionable del proyecto.

    Normativa y solicitud