Ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada
Ayudas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2023
Información de la ayuda
Finalidad
Impulsar el desarrollo del sector de las artes escénicas mediante la financiación de gastos que se generen para la programación, gestión y actividades adicionales de las salas de gestión privada.
Destinatarios
- Beneficiarios:
- Autónomo/a
- Pyme
Las personas físicas y jurídicas que tengan la naturaleza de empresas privadas del sector de las artes escénicas o de la música, establecidas en cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo (EEE) así como los Estados miembros de la Unión Europea, que ejerzan una actividad económica acorde a la naturaleza de las subvenciones, tales como
exhibición de espectáculos, producción escénica, creación, formación o residencia artística, antes de la fecha de publicación de la convocatoria y que cumplan, además, con los siguientes requisitos:
a) Disponer de un espacio escénico para que el que se solicita la ayuda en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura con las siguientes características:
— Tener un aforo igual o inferior a 350 localidades. En el caso de que el espacio disponga de varias salas, todas y cada una de ellas deberá cumplir este requisito.
— Disponer de un espacio escénico mínimo disponible de 48 m2 en planta y 4 m de altura, así como el equipamiento mínimo necesario equivalente a:
— 4 varas móviles, de las que 3 estarán electrificadas.
— “Dimmers” de 24 canales.
— Cámara negra.
— Camerinos.
— Facilidad de carga y descarga más posibilidad de sala a oscuras.
— Focos: 12 recortes, más 12 PC, más mangueras correspondientes, más mesa de 24
canales.
— Sonido:
— Mesa de 16 canales.
— 2.000 W de potencia más cajas.
— 2 reproductores de CD.
— Microfonía: dos de mano.
— 2 monitores.
b) Disponer de un plan detallado de actividades y de programación estable del espacio escénico para el que se formula la solicitud de ayuda, que abarque el año previsto en la convocatoria y hasta el 1 de noviembre del siguiente. El plan deberá contener en todo
caso la información necesaria para la comprobación de los criterios de valoración que se establecen en el apartado decimoprimero de la resolución de convocatoria, y cumplir con los siguientes requisitos:
— La temporada teatral deberá ser como mínimo de 9 meses durante el año natural.
— La programación contendrá al mes, como mínimo, dos días de exhibición ante el público.
— De estas exhibiciones ante el público, al menos 7 por temporada deben ser representadas por distintas compañías extremeñas.
c) Estar en posesión de la licencia de apertura del espacio para el que se solicita ayuda en la actividad correspondiente.
- Sectores: Cultura y Comunicación
Alcance ayuda
Los proyectos que sean objeto de ayuda destinada al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023 y terminar antes del 1 de noviembre de 2024.
La cantidad máxima de la ayuda no superará los 100.000 euros, ni el 60 % del importe del presupuesto de programación y gestión de actividades adicionales aprobadas (IVA excluido).
Cuando la cuantía de las subvenciones solicitadas que reúnan los requisitos y condiciones expresados sea superior al importe global máximo destinado a las subvenciones, la cuantía para cada beneficiario se establecerá en función de los puntos asignados por la comisión
de valoración, estableciendo un porcentaje proporcional equivalente a los mismos y aplicado sobre el importe del presupuesto de programación y gestión de actividades adicionales aprobado.
Normativa y solicitud
Secretaría General de Cultura
Avda. Valhondo, s/n. Mérida Teléfono: 924007051