Línea de Microcréditos Circulante COVID-19

Programa de ayudas para facilitar el acceso a la liquidez para autónomos y PYMES para afrontar los efectos económicos del COVID-19

Información de la ayuda

  • Estado: Cerrada
  • Apertura: 16/06/2021
  • Cierre: 31/12/2021
  • Te ayudamos

    Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvención podemos ayudarte.

    Finalidad

    Para  todas  aquellas  operaciones  formalizadas  antes  del  31  de  diciembre  de  2021  en  la  línea de Microcréditos Circulante COVID-19, con cargo al Fondo de cartera Jeremie Extremadura 2, se subvencionarán las comisiones de apertura y los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2022. Podrán  ser  beneficiarias  de  estas  subvenciones  los  autónomos  y  pymes  que  tengan  su  domicilio social o centro productivo en Extremadura, con dificultades de liquidez ocasionadas  por  la  caída  de  ingresos  o  de  acceso  al  crédito  debido  a  la  situación  de  emergencia  producida  por  el  COVID-19.  Además,  en  la  línea  de  Microcréditos  Circulante  COVID-19,  entre  la  fecha  de  inicio  de  su  actividad  y  la  fecha  de  formalización  de  la  operación  no  podrá haber trascurrido más de cinco años. Plazo de formalización de las operaciones subvencionables. Serán subvencionables todas aquellas operaciones que, atendiendo a las peculiaridades de cada programa, sean formalizadas a partir de la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y hasta el 31 de diciembre de 2021. Se admitirán modificaciones de las operaciones subvencionadas. En el supuesto de que tales modificaciones se produzcan antes del 31 de diciembre de 2022 y de que los nuevos intereses devengados hasta esa fecha, fuesen superiores a los devengados en la operación inicial, no se modificará el importe de la subvención inicialmente concedida. En el caso de que los nuevos intereses devengados fuesen inferiores a los devengados en la operación inicial, el beneficiario deberá devolver la parte indebidamente cobrada más los intereses de demora.

    • Fase empresarial:
    • Consolidación

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • Autónomo/a
    • Pyme
    • Ámbito de la ayuda:
    • Regional
    • Modo de participación:
    • Individual
    • Sectores:
    • Agroalimentario, Apicultura, Artesanía, Comercio, Construcción, Cultura y Comunicación, Energético, Enseñanza, Industria, Otros, Servicios, Turismo

    Alcance ayuda

    • Modalidad:
    • Subvenciones
    Alcance de la ayuda

    Para todas aquellas operaciones de avales y préstamos formalizados hasta un importe máximo de 150.000 euros antes del 31 de diciembre de 2021, se subvencionarán los siguientes conceptos: — 0,25 por ciento en concepto de comisión de estudio del aval. — 1,25 por ciento anual en concepto de comisión sobre el riesgo vivo del aval hasta el 31 diciembre de 2022. — Hasta 1,5 puntos de intereses de las operaciones de préstamos formalizados con cargo al aval, devengados hasta el 31 de diciembre de 2022.

    Normativa y solicitud

    El plazo para presentar las solicitudes de ayudas a estos programas se iniciará el mismo día de la entrada en vigor de este Decreto-ley y finalizará el 31 de diciembre de 2021.

    Órgano gestor
    Dirección General de Empresa
    Paseo de Roma s/n. Mérida Tel: 900 107 360 extremaduraempresa@juntaex.es
    https://extremaduraempresarial.es/
    Cofinanciado por: