Línea de Microcréditos Circulante COVID-19
Programa de ayudas para facilitar el acceso a la liquidez para autónomos y PYMES para afrontar los efectos económicos del COVID-19
Información de la ayuda
Finalidad
Para todas aquellas operaciones formalizadas antes del 31 de diciembre de 2021 en la línea de Microcréditos Circulante COVID-19, con cargo al Fondo de cartera Jeremie Extremadura 2, se subvencionarán las comisiones de apertura y los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2022. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones los autónomos y pymes que tengan su domicilio social o centro productivo en Extremadura, con dificultades de liquidez ocasionadas por la caída de ingresos o de acceso al crédito debido a la situación de emergencia producida por el COVID-19. Además, en la línea de Microcréditos Circulante COVID-19, entre la fecha de inicio de su actividad y la fecha de formalización de la operación no podrá haber trascurrido más de cinco años. Plazo de formalización de las operaciones subvencionables. Serán subvencionables todas aquellas operaciones que, atendiendo a las peculiaridades de cada programa, sean formalizadas a partir de la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y hasta el 31 de diciembre de 2021. Se admitirán modificaciones de las operaciones subvencionadas. En el supuesto de que tales modificaciones se produzcan antes del 31 de diciembre de 2022 y de que los nuevos intereses devengados hasta esa fecha, fuesen superiores a los devengados en la operación inicial, no se modificará el importe de la subvención inicialmente concedida. En el caso de que los nuevos intereses devengados fuesen inferiores a los devengados en la operación inicial, el beneficiario deberá devolver la parte indebidamente cobrada más los intereses de demora.
- Fase empresarial: Consolidación
Destinatarios
- Beneficiarios:
- Autónomo/a
- Pyme
- Ámbito de la ayuda: Regional
- Modo de participación: Individual
- Sectores: Agroalimentario, Apicultura, Artesanía, Comercio, Construcción, Cultura y Comunicación, Energético, Enseñanza, Industria, Otros, Servicios, Turismo
Alcance ayuda
- Modalidad: Subvenciones
Para todas aquellas operaciones de avales y préstamos formalizados hasta un importe máximo de 150.000 euros antes del 31 de diciembre de 2021, se subvencionarán los siguientes conceptos: — 0,25 por ciento en concepto de comisión de estudio del aval. — 1,25 por ciento anual en concepto de comisión sobre el riesgo vivo del aval hasta el 31 diciembre de 2022. — Hasta 1,5 puntos de intereses de las operaciones de préstamos formalizados con cargo al aval, devengados hasta el 31 de diciembre de 2022.
Normativa y solicitud
El plazo para presentar las solicitudes de ayudas a estos programas se iniciará el mismo día de la entrada en vigor de este Decreto-ley y finalizará el 31 de diciembre de 2021.
Dirección General de Empresa
Paseo de Roma s/n. Mérida Tel: 900 107 360 extremaduraempresa@juntaex.es
https://extremaduraempresarial.es/