Ayudas para la realización de actuaciones de promoción y dinamización del Emprendimiento y la Empresa en Extremadura

Información de la ayuda

  • Estado: Cerrada
  • Apertura: 11/11/2022
  • Cierre: 12/12/2022
  • Te ayudamos

    Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvención podemos ayudarte.

    Finalidad

    Ayudas para la realización de actuaciones de promoción y dinamización del Emprendimiento y la Empresa en Extremadura. Las actuaciones deberán estar relacionadas con la promoción, difusión, sensibilización y puesta en valor de contenidos relacionados con el emprendimiento y la empresa, en torno a la marca “Extremadura Región Emprendedora”.

    Las actividades pueden presentar diferentes formatos y enfoque en cuanto a contenidos a desarrollar, tales como celebración de talleres, seminarios, encuentros, jornadas o eventos de cualquier naturaleza, elaboración de publicaciones, contenidos digitales, campaña y cualquier otro recurso o iniciativa dirigida a dar conocer a la ciudadanía y sociedad en general los valores y la importancia de la empresa, favoreciendo así una mayor cultura emprendedora en la región.

    Las actuaciones deberán ser llevadas a cabo en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco temporal que se establezca en cada convocatoria, a través de lo que se denominará como Mes del Emprendimiento en Extremadura.

    • Fase empresarial:
    • Consolidación

    Destinatarios

    • Beneficiarios:
    • Organismos

    Podrán ser beneficiarias de estas ayudas entidades privadas sin ánimo de lucro, con domicilio social en Extremadura, que tengan personalidad jurídica propia y que presten servicios o desarrollen actividades relacionadas con la cultura emprendedora y la empresa en la región.

    • Ámbito de la ayuda:
    • Regional
    • Modo de participación:
    • Cooperación, Individual
    • Sectores:

    Alcance ayuda

    • Modalidad:
    • Subvenciones
    Alcance de la ayuda

    Tendrán la consideración de conceptos subvencionables la contratación externa de los gastos relacionados con el desarrollo de la actividad, tales como:

    • Contratación de ponentes, personas formadoras y/o expertas externas a la entidad beneficiaria.
    • Acondicionamiento y alquiler de espacios y materiales necesarios para la celebración de las actividades (mobiliario, elementos de señalización y rotulación, stands, catering, etc)
    • Publicidad en medios de comunicación.
    • Material promocional: Cartelería, folletos, incluyendo los gastos de diseño, imprenta y reparto.
    • Arrendamiento de bienes y equipos técnicos tales como sonorización e iluminación de espacios, vídeo proyección, microfonía….)
    • Contratación externa para determinadas actividades como animación, vigilancia o seguridad, limpieza, seguros de accidente y responsabilidad civil asociados a la actividad desarrollada y montaje de instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
    • El Impuesto sobre el Valor Añadido soportado en alguno de los conceptos subvencionables indicados anteriormente, siempre que dicho gasto no sea recuperado por la entidad beneficiaria ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, lo cual deberá ser justificado documentalmente.

    Sin perjuicio de lo anterior y con carácter general, tendrán la consideración de gastos excluidos, los siguientes:

    • Material propagandístico o merchandising propios de la entidad.
    •  Adquisición de equipamiento y mobiliario.
    •  Gastos del personal propio de la entidad solicitante.
    •  Gastos que no estén relacionados directamente con la realización de la actividad subvencionada.

    Las ayudas consistirán en una subvención del 100 % de la actividad subvencionable, hasta un límite máximo de 5.000 euros por proyecto y entidad.

    El importe total de la ayuda otorgada se abonará de manera anticipada, una vez notificada la resolución de concesión.

    Normativa y solicitud