Ayudas destinadas a favorecer el relevo generacional en las empresas de ámbito familiar de Extremadura.

Ayudas destinadas a promover el relevo generacional en las empresas de ámbito familiar de Extremadura. Primera convocatoria

  • Relevo empresarial
    • Información de la ayuda

    • Estado: Abierta
    • Apertura: 07/08/2026
    • Cierre: 06/10/2026
    • Te ayudamos

      Si necesitas ayuda para identificar y tramitar una subvención podemos ayudarte.

      Finalidad

      Estas ayudas tienen como objetivo favorecer el relevo generacional en las empresas de ámbito familiar de Extremadura, a través del desarrollo e implementación de protocolos familiares, acompañado de un servicio de asesoramiento especializado dirigido al diseño, planificación e implantación en las empresas de un plan de relevo en las mismas, de modo que posibiliten una sucesión ordenada que permita su mantenimiento y la profesionalización de su actividad empresarial.

      Destinatarios

      • Beneficiarios:
      • Pyme

      Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas empresas familiares que cumplan los siguientes requisitos:

      1. Que la forma jurídica de la empresa sea Sociedad Anónima o sociedad Limitada.
      2. Al menos uno de los administradores o socios de la empresa tenga más de 50 años a la fecha de la presentación de la solicitud.
      3. Que la empresa cuente con centro productivo en la Comunidad autónoma de Extremadura en el que se disponga de una plantilla de, al menos, de 7 trabajadores, contratados por cuenta ajena en Extremadura, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
      4. Que la empresa cuente con una antigüedad de, al menos, 15 años en el desarrollo de su actividad contados a la fecha de la publicación de cada convocatoria.
      5. Que la empresa tenga entre sus objetivos estratégicos inmediatos abordad la planificación del relevo en la misma, para lo cual deberá acreditar que, al menos uno de los administradores o socios ha finalizado con éxito, con carácter previo a la presentación de la solicitud, un programa formativo de, al menos 40 horas, en el que se hayan abordado aspectos claves relacionados con la gobernanza de la empresa familiar, la planificación del relevo, así como cuestiones relativas en materia patrimonial, fiscal, mercantil o de cualquier otra índole. Este tipo de formación deberá haber sido impartida por alguna Escuela de Negocios de reconocido prestigio nacional o, al menos, haya sido promovida por la Asociación de la Empresa Familiar de Extremadura.

      Para que las solicitudes puedan alcanzar la condición de beneficiarias no deberán concurrie en las mismas ninguna circunstancias contempladas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

      Excluidas.

      1. Quedan excluidas del presente programa de ayudas cuando la empresa solicitante desarrolle una actividad empresarial que vaya referida a alguno de los siguientes sectores:
        1. Acuicultura, pesca o la producción primaria de productos agrícolas.
        2. Las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas.
        3. Actividades financieras.
      2. Aquellas empresas que, aun estando dadas de alta en un epígrafe del Impuesto sobre actividades económicas en alguna actividad subvencionable, todos sus trabajadores se encuentren dado de alta en alguna actividad relacionada con los sectores excluidos.
      3. Quedan asimismo excluidas del presente régimen de ayudas las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho público, cualquiera que sea la forma que adopten y las participadas mayoritariamente por estas.
      4. Aquellas empresas que hubiesen sido beneficiarias en anteriores programas de subvenciones dirigidos a la elaboración de Protocolos Familiares, promovidos por la Junta de Extremadura.
      • Sectores:
      • Comercio, Construcción, Servicios, Otros

      Alcance ayuda

      Resultan subvencionables los siguientes tipos de gastos:

      1. Contratación de servicios profesionales de carácter jurídico o de otra naturaleza que resulten necesarios de manera justificada, orientados a la elaboración del protocolo familiar en la empresa, incluidos los gastos notariales y registrals, de acuerdo con los siguientes límites máximos:
        1. Cuando se trate de la elaboración de un nuevo protocolo el gasto subvencionable por este concepto podrá ser hasta 10.000 euros (IVA excluido)
        2. Cuando el proyecto consista en la revisión, actualización y adaptación de un protocolo familiar ya existente en la empresa, el gasto subvencionable por este concepto podrá ser hasta 5.000 euro (IVA excluido).
      2. Gastos de contratación de consultoría externa especializada para el desarrollo de un programa de acompañamiento que deberá contener una duración de, al menos, 12 meses, dirigido al diseño, planificación e implantación en las empresas de un plan de relevo en las mismas, con un límite máximo subvencionable de 10.000 euros (IVA excluido).
      3. Se subvencionará el 80% de los gastos subvencionables. El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a la aplicación presupuestaria 14004.323A.47000; Proyecto de Gastos 20250026 Programa de Ayudas al Relevo Empresa rial por un importe total de 500.000 euros, con cargo al ejercicio 2026 financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura

      Normativa y solicitud