El objetivo de estas ayudas es crear empleo estable, mantener puestos de trabajo de personas con discapacidad y reforzar sus Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional.

La Junta de Extremadura ha publicado la convocatoria de 2026 de las ayudas destinadas a fomentar la creación y estabilidad del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo, con una dotación total de 18 millones de euros.

PodrƔn beneficiarse de estas ayudas los Centros Especiales de Empleo calificados e inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Extremadura, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

TRES PROGRAMAS DE AYUDA

La convocatoria se articula a travƩs de tres lƭneas:

  • Programa I. Proyectos generadores de empleo: dirigido a apoyar contrataciones indefinidas iniciales o transformaciones de contratos temporales en indefinidos de personas con discapacidad. SerĆ”n subvencionables las contrataciones o transformaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Programa II. Mantenimiento de puestos de trabajo: financia costes salariales y de Seguridad Social de las personas trabajadoras con discapacidad de los Centros Especiales de Empleo. SerĆ”n subvencionables los costes generados hasta diciembre de 2026, incluida la paga extraordinaria correspondiente a ese mes.
  • Programa III. Unidades de Apoyo: destinado a sufragar costes salariales y de Seguridad Social del personal con contrato indefinido que integra las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo.

Estas ayudas buscan contribuir tanto a la creación de nuevas oportunidades laborales como al mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad, ademÔs de reforzar los servicios de acompañamiento y apoyo que facilitan su integración social y profesional.

PLAZOS DE SOLICITUD

La convocatoria permanecerÔ vigente hasta el 28 de febrero de 2027, aunque cada programa establece sus propios plazos de presentación.

En el caso del Programa I, las solicitudes deberÔn presentarse, con carÔcter general, en el plazo de un mes desde el inicio de la contratación indefinida o desde la transformación del contrato en indefinido. Para el Programa II, el plazo mÔximo serÔ de dos meses desde la finalización de cada mes natural para el que se solicite la subvención.

Las ayudas se concederÔn mediante concesión directa y convocatoria abierta, de acuerdo con los requisitos y disponibilidad presupuestaria establecidos.

PUBLICACIƓN DEL DOE

 

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